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Procesos

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1. Solicitud de incorporación y proceso de autoevaluación

a. Para participar en el proceso de acreditación, una institución o programa debe solicitar su incorporación al proceso conducido por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA Chile) o alguna de las Agencias Acreditadoras autorizadas por la CNA.

b. Luego, la institución o programa debe realizar una autoevaluación, que se efectúa a través de un análisis de la información disponible y consultas a fuentes internas y externas; analizando las políticas y mecanismos de autorregulación existentes; identificando fortalezas y debilidades y la capacidad de dar cumplimiento oportuno a los criterios de evaluación y a los propósitos definidos en la propia misión institucional o del programa en cuestión.

c. Se firma un convenio de acreditación con CNA Chile o la Agencia Acreditadora correspondiente, donde se establece el plazo para entregar el informe de autoevaluación y se dan a conocer las normas, criterios de evaluación, plazos y aranceles asociados a la evaluación externa.

2. Evaluación Externa

a. El Informe de Autoevaluación contempla la información sustantiva de la institución o programa. Incluye un análisis crítico de los resultados de la autoevaluación, especificando las fortalezas y debilidades, el nivel de cumplimiento de los criterios de evaluación y los planes de mejoramiento.

b. La evaluación externa está a cargo de un comité de pares de expertos, convocados por la CNA Chile o la Agencia Acreditadora correspondiente; comité que debe contar con la aprobación de la institución evaluada. El comité tiene como misión revisar los informes de autoevaluación, verificar en terreno la información declarada, evaluar el cumplimiento de los criterios de evaluación y luego, emitir un informe de evaluación externa.

c. El informe de pares evaluadores es enviado a la institución, la que tiene derecho a formularle observaciones o complementar antecedentes.

3. Pronunciamiento de Acreditación

a. El pronunciamiento de acreditación será adoptado por la CNA Chile o por la Agencia Acreditadora correspondiente, sobre la base de:

 

  • Los criterios de evaluación previamente definidos.
  • El informe de autoevaluación.
  • El informe de pares evaluadores.
  • Las observaciones que la institución formule a dicho informe.
b. Luego de revisar exhaustivamente la información disponible, la CNA Chile o la Agencia Acreditadora, emite un Acuerdo de Acreditación que considera las siguientes alternativas:
  • Si la institución cumple íntegramente con los criterios de evaluación, la acreditación puede extenderse por un plazo de hasta siete años (y diez años en el caso de los programas de postgrado).
  • Si una institución no cumple íntegramente con dichos criterios, pero presenta niveles de cumplimiento aceptables, la Comisión podrá acreditarla por un periodo inferior.
  • Si el nivel de cumplimiento de los criterios no es aceptable, la Comisión no otorgará la acreditación y formulará las observaciones correspondientes. La institución podrá volver a someterse al proceso de acreditación en un plazo de dos años, donde se considerarán dichas observaciones y las medidas implementadas por la institución para subsanarlas.
Mejoramiento Continuo.

Si bien el proceso concluye formalmente con el juicio de la CNA Chile o de la Agencia Acreditadora, el aseguramiento de la calidad exige mantener un permanente control de las acciones de mejoramiento. Mantener este proceso activo significa contribuir al mejoramiento permanente de la calidad. Los procesos de autoevaluación y acreditación son cíclicos y buscan promover en las instituciones una cultura de evaluación y la implementación de acciones de mejora continua.
Joomlart

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